TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE AÑO 2026

Concepto

Base mínima en UVT ≥

Base mínima en pesos  ≥

%


Adquisición de bienes raíces para uso de vivienda de habitación por las primeras 20.000 UVT.


≥ 10 hasta 10.000 UVT



$523.740.000


1%


Adquisición de bienes raíces para uso de vivienda de habitación cuando exceda las 20.000 UVT (al excedente se le aplicará la tarifa aquí señalada).


Exceso  de 10.000 UVT



$523.740.000


2,5%


Adquisición de bienes raíces para uso diferente a vivienda de habitación, si el pagador es persona jurídica, sociedad de hecho o persona natural agente de retención, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 368-2 del ET.


≥ 10 UVT



$524.000


2,5%


Adquisición de vehículos.


≥ 10 UVT



$524.000


1%


Arrendamiento de bienes inmuebles (declarantes y no declarantes)


10

 


$524.000


3,5%


Arrendamiento de bienes muebles


0

 


100%


4%


Colocación independiente de juegos de suerte y azar


5

 


$262.000


3%


Comisiones Bolsa de Valores


0

 


100%


3%


Comisiones sector financiero


0

 


100%


11%


Compras con tarjeta débito o crédito


0

 


100%


1,5%


Compras de bienes o productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial


70

 


$3.666.000


1,5%


Compras de café pergamino o cereza


70

 


$3.666.000


0,5%


Compras de combustibles derivados del petróleo


0

 


100%


0,10%


Compras generales (declarantes renta)


10

 


$524.000


2,5%


Compras generales (no declarantes renta)


10

 


$524.000


3,5%


Compras de oro

 

 


100%


3%


Contratos de construcción y urbanización.


10

 


$524.000


2%


Contratos de consultoría de obras públicas.


0

 


100%


2%


Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales no declarantes del impuesto de renta.


0

 


100%


10%


Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales o jurídicas y entidades declarantes del impuesto de
renta.


0

 


100%


6%


Diseño, análisis, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministro y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de informática,
diseño de páginas web , consultoría en programas de informática y licenciamiento y derecho de uso del software (la tarifa depende de si el beneficiario del pago o abono en cuenta
cumple o no con las condiciones establecidas en los literales a) y b) del art. 1.2.4.3.1 DUR 1625 de 2016


0

 


100%


10% u 11%


Diseño, análisis, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministro y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de informática,
diseño de páginas web , consultoría en programas de informática y licenciamiento y derecho de uso del software. Declarante de renta


0

 


100%


3,5%


Enajenación de activos fijos de personas naturales

(En el caso de Inmueble la retención la realiza las notarías y de vehículos tránsito)


0

 


100%


1%

Estudios de mercado y la realización de encuestas de opinión pública


0

 


100%


4%


Honorarios y comisiones (no declarantes renta)


0

 


100%


10%


Honorarios y comisiones pagados a personas jurídicas y tambien a P. naturales que suscriban contratos por más de 3.300 Uvt o que la sumatoria de los pagos o abonos en cuenta
durante el año gravable superen 3.300 UVT


0

 


100%


11%


Honorarios y comisiones (personas jurídicas)


0

 


100%


11%


Honorarios profesores extranjeros sin residencia en el pais

contratados por períodos no superiores a ciento ochenta y dos (182) días por instituciones de educación superior legalmente constituidas


0

 


100%


7%


Indemnizaciones diferentes a las salariales y a las percibidas en demandas contra el estado.


0

 


100%


20%


Indemnizaciones de la relación laboral, legal y reglamentaria  para trabajores que devenguen ingresos inferiores al equivalente a 204 UVT


0

 


0%


0%


Indemnizaciones de la relación laboral, legal y reglamentaria  para trabajores que devenguen ingresos superiores al equivalente a 204 UVT


0

 


100%


20%


Intereses y demás rendimientos financieros en general


0

 


100%


7%

Licenciamiento y derecho de uso del software


0

 


100%


3,5%


Loterías, rifas, apuestas y similares


48

 


$2.514.000


20%


Otros ingresos tributarios (declarantes)


10

 


$524.000


2,5%


Otros ingresos tributarios (no declarantes)


10

 


$524.000


3,5%


Por emolumentos eclesiásticos (declarantes)


10

 


$524.000


4%


Por emolumentos eclesiásticos (no declarantes)


10

 


$524.000


3,5%


Rendimientos financieros (títulos de renta fija) Incluye CDAT


0

 


100%


4%


Rentas de trabajo


95

 


$4.976.000


Tabla art. 383 ET


Servicios de hoteles y restaurantes


2

 


$105.000


3,5%


Servicios de licenciamiento o derecho de uso de software


0

 


100%


3,5%


Actividades de análisis, diseño, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministro y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de
informática, sean o no personalizados, así como el diseño de páginas web y consultoría en programas de informática


0

 


100%


3,5%


Servicios de transporte nacional de carga


2

 


$105.000


1%


Servicios de transporte de pasajeros nacional por vía aérea o marítima


2

 


$105.000


1%


Servicios de transporte nacional de pasajeros por vía terrestre


10

 


$524.000


3,5%


Servicios generales (declarantes renta)


2

 


$105.000


4%


Servicios generales (no declarantes renta)


2

 


$105.000


6%

Servicos
P.N no declarante cuando del contrato se desprenda que los ingresos, o de los pagos o abonos en cuenta superan en el año (3.300) UVT; se aplicará el 4% a partir del pago o abono
en cuenta del valor que exceda dicho valor.


2

 


$105.000


4%


Servicios integrales de salud prestados por IPS


2

 


$105.000


2%


Servicios prestados por empresas de servicios temporales (sobre AIU) que no puede ser inferior al 10% del contrato.


2

 


$105.000


1%


Servicios prestados por empresas de vigilancia y aseo (sobre AIU) que no puede ser inferior al 10% del contrato


2

 


$105.000


2%


Servicios de sísmica

 

 


100%


6%


Rete IVA por compras  (15% sobre el IVA)


10

 


$524.000


15%


Rete IVA por servicios (15% sobre el IVA)


2

 


$105.000


15%

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